Código Fiscal Artículo 156 Estado de Durango
Código Fiscal
Artículo 156.
Para el cobro de los créditos fiscales exigibles, las oficinas recaudadoras de rentas, en sus respectivas circunscripciones territoriales, estarán investidas de la facultad económico-coactiva, por lo que exigirán su pago mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
Este mismo procedimiento se aplicará para hacer efectivas:
I. La responsabilidad civil en que incurran los servidores públicos que manejen fondos públicos del Estado.
II. Las sanciones pecuniarias impuestas por las autoridades judiciales o administrativas.
III. Los adeudos derivados de concesiones o contratos celebrados con el Gobierno del Estado, salvo en los casos en que éste intervenga como sujeto de derecho privado, en cuyo caso deberá señalarse lo anterior en la concesión o en el contrato respectivo.
IV. Las garantías constituidas por disposición de ley o por acuerdo de las autoridades judiciales o administrativas, cuando sean exigibles y cuyo cobro ordene la autoridad competente, salvo fianzas otorgadas por instituciones autorizadas.
V Los créditos a favor de organismos e instituciones oficiales o de dependencias descentralizadas del gobierno estatal.
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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