Imprimir

Código Fiscal Artículo 245 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código Fiscal Morelos
Artículo 245.

Para proceder penalmente por los delitos previstos en los artículos 251, 252, 255 y 258 de este Código, será necesario que la Secretaría declare previamente que el Fisco ha sufrido o pudo sufrir perjuicio.

La determinación de perjuicio al Fisco la efectuará la Procuraduría Fiscal, la cual se auxiliará del dictamen técnico que elabore la unidad administrativa competente.

El dictamen a que refiere el párrafo anterior, deberá contener las contribuciones y aprovechamientos correspondientes, el ejercicio o ejercicios fiscales, así como los documentos que llevaron a la unidad administrativa a emitir el dictamen.

En cuanto a los delitos tipificados en los artículos 251, 253, 255, 256, 257 y 259 de este Código, se requerirá querella de la propia Secretaría.

Tratándose de los delitos fiscales a que se refiere el párrafo anterior la Secretaría podrá otorgar el perdón siempre y cuando los procesados paguen las contribuciones originadas por los hechos imputados, las sanciones y los recargos respectivos o bien estos créditos fiscales queden garantizados a satisfacción de la Secretaría. La petición anterior se hará discrecionalmente, antes de que el Ministerio Público formule la acusación y surtirá efectos respecto de las personas a que la misma se refiera.

En los delitos fiscales en que el daño o perjuicio sea cuantificable, la Secretaría hará la liquidación correspondiente en la propia querella o declaratoria o la presentará durante la tramitación del proceso respectivo antes de que el Ministerio Público formule acusación. La citada liquidación sólo surtirá efectos en el procedimiento penal.



Estado de Morelos Artículo 245 Código Fiscal
Artículo 1 ...243 244 245 246 247 ...267

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse