Código Fiscal Municipal Artículo 82 Estado de Quintana Roo
Código Fiscal Municipal Quintana Roo
Artículo 82.
Para que proceda cualquiera de los beneficios establecidos en la
legislación penal del Estado de Quintana Roo, cuando se incurra en delitos fiscales, además de los requisitos señalados en las disposiciones penales estatales, será necesario comprobar que el interés fiscal está satisfecho o garantizado.
Estado de Quintana Roo Artículo 82 Código Fiscal Municipal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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