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Código Fiscal Artículo 29 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Nayarit
Artículo 29.

El pago de los créditos fiscales deberá hacerse en efectivo y en moneda nacional, salvo que las disposiciones aplicables establezcan que se haga en especie. El pago por medio de los servicios telegráficos o postales procederá cuando el domicilio del deudor se encuentre en población distinta del lugar de residencia de la oficina recaudadora. Los cheques certificados se considerarán como efectivo para los efectos del pago de cualquier crédito fiscal.

También se admitirán como medio de pago los cheques personales del contribuyente sin certificar, cuando sean expedidos por él mismo. Los notarios y los fedatarios públicos que conforme a las disposiciones fiscales se encuentren obligados a determinar y enterar contribuciones a cargo de terceros, podrán hacerlo mediante cheques sin certificar de las cuentas personales de los contribuyentes, siempre que cumplan con los demás requisitos a que se refiere este artículo.

Los cheques a que se refiere este artículo no serán negociables y su importe deberá abonarse exclusivamente a la cuenta de la Secretaría.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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