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Código Fiscal Artículo 145 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Fiscal Oaxaca
Artículo 145.

Durante el desarrollo de la visita domiciliaria, los contribuyentes, sus representantes, los terceros con ellos relacionados y las personas con quienes se efectúen dichas facultades de comprobación, tendrán además de las obligaciones que expresamente se señalen en las disposiciones aplicables, las siguientes:

I.Permitir a los visitadores designados por la autoridad el acceso al lugar o lugares objeto de la misma;

II.Mantener a su disposición la contabilidad y demás documentos que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales;

III.Permitir la verificación de bienes, mercancías, discos, cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos que tenga el contribuyente en los lugares visitados;

IV.Cuando los visitados lleven su contabilidad o parte de ella con el sistema de registro electrónico,

o microfilmen o graben en discos ópticos o en cualquier otro medio que autorice la Secretaría mediante Reglamento, deberán poner a disposición de los visitadores el equipo de cómputo y sus operadores, para que los auxilien en el desarrollo de la visita; Asimismo, los visitados deberán proporcionar copia de los archivos electrónicos que se encuentren en dichos equipos de cómputo cuando así se lo soliciten los visitadores, a efecto de constituir probanza de las posibles irregularidades del contribuyente auditado;

V.Conservar y resguardar la contabilidad de la que les hubiese sido conferido su depósito, y

VI.Cuando se presenten documentos o libros para desvirtuar los hechos asentados en actas, el contribuyente o su representante legal deberá presentar escrito en el que señale específicamente cuáles de los registro que aparecen en libros, así como los documentos presentados, son los que tienen una vinculación directa con cada uno de los hechos particulares que se pretende desvirtuar. Cuando no se cumpla en este requisito, la autoridad requerirá al contribuyente para que en el plazo de cinco días subsane las omisiones cometidas, y de no hacerlo, se tendrán por no presentados los documentos o libros con que se pretende desvirtuar los hechos u omisiones que le hayan sido dados a conocer.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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