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Código Fiscal Artículo 5 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Quintana Roo
Artículo 5.

Se entiende como ingresos federales por coordinación, aquellos ingresos que recibe el Estado de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal federal, tales como: fondo general de participaciones, fondo de fomento municipal, y en adición, aquellos que se perciban por el ejercicio de facultades y obligaciones que se adquieran con motivo de los anexos que firme al convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en los términos que dicha legislación establece.



Estado de Quintana Roo Artículo 5 Código Fiscal
Artículo 1 ...3 4 5 5 A 5 B ...201

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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