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Código Fiscal y Presupuestario Artículo 297 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Fiscal y Presupuestario Puebla
Artículo 297.

El Presupuesto de Egresos del Municipio será aprobado por el Cabildo, con base en los ingresos disponibles para cada ejercicio fiscal, dentro de los que se considerarán los obtenidos como consecuencia de la realización de las operaciones de financiamiento reguladas por este ordenamiento.

En caso de que el Cabildo acuerde realizar pagos que no estén comprendidos en el Presupuesto de Egresos, en el acuerdo correspondiente señalará la fuente de ingresos para cubrir los gastos



Estado de Puebla Artículo 297 Código Fiscal y Presupuestario
Artículo 1 ...296 296 bis 297 298 299 ...462

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