Código Hacendario Municipal Artículo 92 Estado de Veracruz
Código Hacendario Municipal Veracruz
Artículo 92.
Las autoridades fiscales impondrán las sanciones administrativas por infracción a las disposiciones de este Capítulo, de acuerdo a lo siguiente:
I.Las infracciones que establece el artículo 88 de este Código serán sancionadas con multa equivalente a los montos que a continuación se señalan:
a)De cinco a quince días de salario mínimo, por infracción a las fracciones I, IV, VII, VIII, X, XII y XV.
b)De quince a treinta días de salario mínimo, por infracción a las fracciones XX, XXII y XXIII.
c)De treinta a cincuenta días de salario mínimo, por infracción a las fracciones II, III, V, VI, IX, XI, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII y XIX;
II.La infracción que establece la fracción XXI del artículo 88 de este Código, se sancionará con multa de cien a ciento cincuenta por ciento del crédito omitido;
III.Las infracciones comprendidas en el artículo 89 de este Código, se sancionarán con multa de cincuenta a cien días de salario mínimo;
IV.Las infracciones comprendidas en el artículo 90 de este Código, se sancionarán con multa de setenta y cinco a cien días de salario mínimo; y
V.Las infracciones comprendidas en el artículo 91 de este Código, se sancionarán con multa de cuarenta y cinco a noventa días de salario mínimo.
Cuando por un acto o una omisión se incurra en varias infracciones a las que correspondan diversas multas, sólo se impondrá la multa mayor.
Los ingresos que el Municipio obtenga por la aplicación de multas y sanciones establecidas en disposiciones reglamentarias, así como en otros ordenamientos de carácter hacendario, se enterarán de conformidad con los montos que establezcan los ordenamientos que las contengan.
Estado de Veracruz Artículo 92 Código Hacendario Municipal
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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