Código Municipal Artículo 361 Estado de Tamaulipas
Código Municipal Tamaulipas
Artículo 361.
El demandante deberá acompañar a su demanda:
I.- El documento que acredite su personalidad cuando no gestione a nombre propio, a menos que compruebe que dicha personalidad le fue reconocida por la autoridad demandada dentro del procedimiento del que emanó el acto impugnado;
II.- El documento en que conste el acto impugnado, así como el acta de su notificación. Copia de la instancia no resuelta por la autoridad demandada, cuando se impugne la negativa ficta o la omisión de expedir la constanciade reconocimiento de la afirmativa ficta, así como cuando se impugne dicha constancia por no satisfacer lapretensión del particular;
III.- Las pruebas documentales que ofrezca. Cuando las pruebas documentales no obren en poder deldemandante o cuando no obstante sus gestiones no hubiera podido obtenerlas a pesar de tratarse dedocumentos que legalmente debieran estar a su disposición, éste deberá señalar el archivo o lugar en que seencuentren para que a su costa el Juez ordene expedir copia certificada de ellos o requiera su remisión,cuando ésta sea legalmente posible. Para este efecto el demandante deberá identificar con toda precisión losdocumentos, dependencia u oficina, y para tener por cumplido este requisito, bastará con que se acompañecopia de la solicitud presentada, con la que se acredite fehacientemente haber realizado la gestión por lomenos cinco días antes de la interposición de la demanda;
IV.- El cuestionario que deba desahogar el perito o el interrogatorio que deberán contestar los testigos, todosellos debidamente firmados por el oferente, asimismo señalará los nombres y domicilios de los peritos ytestigos. Cuando el actor amplíe la demanda, al escrito de ampliación deberán acompañarse los documentos ypruebas a que se refiere este artículo en lo conducente; y
V.- Una copia de la demanda y de los documentos anexados a ella, para cada una de las partes.
Cuando el actor no acompañe los documentos a que se refiere este artículo, dará lugar a que se le requieraen los términos establecidos en el último párrafo del artículo 360 de este Código, pero por lo que hace al actoo resolución impugnados o al acta de notificación, bastará que manifieste bajo protesta de decir verdad que nose levantó o que no se le dejó copia de ellos, para que se tenga por presentada la demanda
Estado de Tamaulipas Artículo 361 Código Municipal
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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