Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 78 Estado de Tamaulipas
Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 78.
El titular de la autorización para la explotación tendrá, entre otras, las obligaciones siguientes:
I. Ejecutar los trabajos de explotación de materiales geológicos conforme a la resolución respectiva;
II. Mantener en buenas condiciones de seguridad, estabilidad e higiene el predio donde se efectúen los trabajos;
III.Dar aviso a la Agencia Ambiental de la conclusión de sus actividades, dentro de los tres días hábiles siguientes a la terminación de los trabajos;
IV. Pagar los derechos correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables;
V. Rendir a la Agencia Ambiental con la periodicidad que para cada caso ésta señale, los informes sobre el desarrollo de los trabajos de explotación, volúmenes de material extraído y de material desechado; y
VI. Realizar las obras de mejoramiento ambiental que se indiquen en la resolución respectiva.
Estado de Tamaulipas Artículo 78 Código para el Desarrollo Sustentable
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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