Código para el Desarrollo Sustentable Artículo 99 Estado de Tamaulipas
Código para el Desarrollo Sustentable
Artículo 99.
1. Para prevenir la contaminación visual, los Ayuntamientos sólo otorgarán licencias para la instalación de estructuras o la colocación de espectaculares de carácter publicitario, considerando distancias, alturas, sitios, tamaños pretendidos y demás características generales, de los elementos visibles desde la vía pública, cuando:
I. Estén en armonía con las características de la estética e imagen urbana, conforme a las Normas Ambientales Estatales que correspondan;
II. Se ubiquen en zonas o áreas permitidas conforme al programa de desarrollo urbano correspondiente; y
III. Se cumpla con la normatividad aplicable en materia urbanística.
2.Queda prohibida la instalación de estructuras, la colocación de espectaculares de carácter publicitario o elementos visibles, en los siguientes casos:
I. En áreas naturales protegidas o en zonas clasificadas como habitacionales;
II. En sitios y monumentos considerados de patrimonio histórico, arquitectónico o cultural;
III. Cuando afecten o impacten nocivamente el paisaje natural o urbano;
IV. Cuando generen o proyecten imágenes o símbolos distractores;
V. Cuando ocasionen riesgo o peligro para la población, o cuando obstaculicen en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población;
VI. Cuando obstruyan la visibilidad en túneles, puentes, pasos a desnivel, vialidades o señalamientos de tránsito;
VII. Cuando se pretendan colocar en espacios, monumentos o edificios públicos, en elementos del equipo urbano carretero o ferroviario, o en accidentes geográficos; o
VIII. Contravengan este Código u otros ordenamientos aplicables a la materia.
3. Los Ayuntamientos deberán incorporar en sus bandos de policía y buen gobierno y reglamentos, disposiciones que regulen obras, actividades y elementos publicitarios, a fin de evitar el deterioro del paisaje rural y urbano, y evitar la contaminación visual, procurando crear una imagen armónica de los centros de población.
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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