Código Penal Artículo 39 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 39. Existencia del dolo y de otros elementos subjetivos
La concreción del dolo o de los elementos subjetivos específicos del tipo penal de que se trate, a falta de prueba directa, sólo se inferirá cuando según el desarrollo de la conducta de quien se reputa como autor o coautor, y las circunstancias en que la realizó, en sana crítica se entienda que obró con conocimiento y voluntad de concretar los elementos objetivos del tipo penal y, en su caso, con el elemento subjetivo específico, así como que quiso o aceptó el resultado, si la figura típica o tipo penal es de resultado, salvo que haya algún dato que se oponga a esas conclusiones, que no pueda racionalmente descartarse.
Si se trata de copartícipe, a falta de prueba directa, el dolo del mismo sólo se inferirá cuando según su conducta, el desarrollo de la misma y las circunstancias en que la realizó, en sana crítica se entienda que obró con conocimiento y voluntad de concretar los elementos objetivos con los que la ley describa su forma de intervención, así como con el fin de que se concretara el hecho punible en el que participó, o que quiso o aceptó el resultado, si la figura típica o tipo penal es de resultado, salvo que haya algún dato que se oponga a esas conclusiones, que no pueda racionalmente descartarse.
Asimismo, cuando respecto a la primera acción se infiera el dolo según lo establecido en los dos párrafos precedentes, y quepa luego imputar el resultado como aceptado por los autores y, en su caso, por los copartícipes, si concretaron los supuestos del párrafo segundo del artículo 38 de este código.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 39 Código Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios