Código Penal Artículo 29 Estado de Oaxaca
Código Penal Oaxaca
Artículo 29.
A falta de pruebas específicas para fijar el monto de la reparación del daño:
I.- En caso de homicidio y feminicidio, los jueces, para calcular el monto de la reparación, tomarán como base la Unidad de Medida y Actualización, y las disposiciones establecidas en el artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de indemnizaciones en caso de muerte por riesgo de trabajo.
Tratándose de menores de dieciocho años o de incapacitados, que no contribuyan económicamente al sustento familiar, el monto será la cantidad equivalente al importe de
setecientos noventa veces, calculada sobre el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito;
(Fracción I del artículo 29 reformado mediante decreto número 596, aprobado por la LXIII Legislatura el 15 de
abril del 2017 y publicada en el Periódico Oficial Extra del 12 de mayo del 2017)
II. En caso de lesiones que dejaren secuelas, el monto se determinará con base en la tabulación de indemnizaciones que fija la Ley Federal del Trabajo, computado sobre el triple del salario mínimo vigente.
Si las secuelas fueren cicatrices perpetuas y notables en cara o en pabellón auricular, el monto será el equivalente de uno a dos años de salarios mínimos, según el grado de la notabilidad; y
III.- En caso de que las lesiones no dejaren secuelas, el monto será el número de salarios correspondientes a los días que el pasivo tardó en sanar.
Estado de Oaxaca Artículo 29 Código Penal
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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