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Código Penal Artículo 244 Estado de Quintana Roo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Quintana Roo
Artículo 244.

Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de diez a cincuenta días multa, a los servidores públicos que:

I.- Se coaliguen para tomar medidas contrarias a una Ley, Reglamento o cualquier otra disposición de carácter general o impedir su ejecución.

II.- Abandone su cargo, comisión o empleo, sin causa legítima con el deliberado propósito de impedir, entorpecer o suspender la Administración Pública, en cualquiera de sus ramas.



Estado de Quintana Roo Artículo 244 Código Penal
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