Imprimir

Código Procesal Administrativo Artículo 275 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 275.

La firma electrónica avanzada producirá los mismos efectos legales que la firma autógrafa y garantizará la in t egr id ad d el d o c u men t o , t en ien d o el m ism o valo r pro batorio.

Los titulares de una firma elec trónica avanzada, clave de acceso y contraseña serán responsables de su uso, por lo que el acceso o recepción de las notificaciones, la consulta al expediente electrónico y el envío de información mediante la utilizac ión de c ualquiera de dichos instrumentos, les serán atribuibles y no admitirán prueba en contrario, salvo que se demuestren fallas del Sistema de Justicia en Línea.



Estado de San Luis Potosí Artículo 275 Código Procesal Administrativo
Artículo 1 ...273 274 275 276 277 ...294

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse