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Código Procesal Civil Artículo 1007 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/10/2026

Código Procesal Civil Coahuila
Artículo 1007. Documentos que deben acompañarse al exhorto

El exhorto del juzgador requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación:

I. Copia integra y auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional de que se trate.

II. Copia auténtica de las constancias que acrediten que se cumplió con los requisitos previstos en las fracciones IV y V del artículo anterior.

III. Las traducciones al español del exhorto y documentos que sean necesarios al efecto.

IV. Que el ejecutante haya señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar de la homologación



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Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


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