Código Procesal Civil Artículo 81 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil
Artículo 81. Sentencia que resuelve la recusación
Si en la resolución se declara que procede la recusación, con testimonio de la misma, se ordenará remitir los autos al juzgador que deberá continuar conociendo del proceso y el funcionario recusado quedará definitivamente separado para conocer del litigio y será nulo todo lo actuado por él a partir de la fecha en que la recusación se haya promovido. En el Tribunal Superior, el Magistrado recusado quedará separado para conocer del asunto y será sustituido en la forma que lo determine la ley.
En el supuesto de que la sentencia declare improcedente o no probada la causa de recusación, se remitirá testimonio de la resolución al tribunal o juzgado de su origen para que continúe el procedimiento. Además se impondrá al recusante una sanción consistente en el pago del diez por ciento de la cuantía del negocio; así como una multa hasta de trescientas unidades de medida y actualización si fuere un Magistrado de un Tribunal Unitario o juez de primera instancia; y de quinientas unidades de medida y actualización, si fuere un Magistrado del Tribunal Superior de Justicia. Finalmente, se ordenará la anotación de una falta a los principios de lealtad y probidad en el proceso en su registro profesional
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 81 Código Procesal Civil
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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