Código Procesal Civil Artículo 487 Estado de Morelos
Código Procesal Civil
Artículo 487. Sanción al oferente de la testificación por proporcionar datos falsos o por el propósito de retardar el procedimiento
En caso de que el señalamiento de un testigo o de su domicilio resulte falso o de comprobarse que se solicitó su citación con el propósito de demorar el procedimiento, se declarará desierta esa prueba testimonial.
Estado de Morelos Artículo 487 Código Procesal Civil
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jose
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
No existe codigo que corrija a estos empleados del poder judicial o del ministerio publico que se afanan en aparentar ser un poder cuando solo son un servicio no son poder son hasta la fecha un mal servicio pero solo son un servicio. Porque si tienen que hacer cumplir una sentencia necesitan al pder ejecutivo y si ordenan una diligencia en donde no les hagan caso ocupan al ejecutivo y si quieren cobrar una multa y no se les quiere pagar ocupan al ejecutivo y de paso digo el poder legislativo tampoco es un poder son solo oficinistas.
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
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Código Procesal Civil Artículo 47. Nulidad de lo actuado ante el Tribunal declarado incompetente Código Procesal Civil Artículo 84. Prohibición de sacar los autos del Tribunal Código Procesal Civil Artículo 463. Recusación del perito Código Procesal Civil Artículo 672. Contra quién se promueve la pretensión negatoria Código Procesal Civil Artículo 718. Oposición de un tercero a la ejecución forzosaPublique la información de sí mismo
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