Imprimir

Código Procesal Familiar Artículo 111 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Familiar Morelos
Artículo 111. REQUISITOS DE LOS ESCRITOS DE LAS PARTES

Los ocursos o escritos de las partes deben indicar al tribunal a quien se dirigen, la designación del juicio a que se refieren y la petición que se formule, salvo aquellos en que la ley disponga que se llenen otros requisitos.

Los escritos deberán ir firmados por las partes o por sus representantes o patronos debidamente acreditados. En caso de que el interesado no supiere leer o no supiere firmar, se refrendarán con la impresión del dígito-pulgar derecho correspondiente, y si esto no fuera posible, lo hará a su ruego, otra persona, haciendo constar esta circunstancia ante dos testigos, cuyos domicilios se expresarán en el escrito, sin cuyo requisito serán desechados.

De todos los escritos y documentos se presentarán copias para la contraparte, la que solo tenderá derecho para reclamarlas dentro de las veinticuatro horas siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación respectiva. La omisión de las copias no será motivo para dejar de admitir los escritos y documentos que se presenten, pero en este caso, el juez podrá mandarlas hacer a costa del que debió presentarlas. Las demandas principales o incidentales, y los escritos con los que se formulan liquidaciones no serán admitidos si no se acompañan las copias.  



Estado de Morelos Artículo 111 Código Procesal Familiar
Artículo 1 ...109 110 111 112 113 ...763

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse