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Código Procesal Familiar Artículo 691 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2026

Código Procesal Familiar Morelos
Artículo 691. POSIBILIDAD DE DICTAR MEDIDAS URGENTES PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS BIENES DE LA SUCESIÓN

Si el Juez lo estima necesario, de oficio o a petición de parte, puede con audiencia del Ministerio Público, dictar medidas urgentes para la conservación de los bienes de la sucesión que a consecuencia de la muerte del autor de la herencia queden abandonados o en peligro de que se oculten o dilapiden o se apodere de ellos cualquier extraño. Estas medidas urgentes podrán consistir en:

I. Colocación de sellos y cierre de las puertas correspondientes a las habitaciones del difunto cuyo acceso no sea indispensable para los que queden viviendo en la casa, y en la misma forma colocar sellos en dependencias o cajas fuertes, de seguridad u otros muebles del difunto. Los sellos se levantarán cuando haya albacea o interventor y se practique inventario;

II. Reunir los papeles del difunto que cerrados y sellados se depositarán en el secreto del juzgado;

III. Ordenar a la administración de correos que remita la correspondencia que venga para el autor de la sucesión, con la cual hará lo mismo que con los demás documentos;

IV. Mandar depositar el dinero y alhajas en el establecimiento autorizado por la Ley; y,

V. Mandar inventariar los bienes susceptibles de ocultarse o perderse.

Estas medidas podrán decretarse y ejecutarse en cualquier tiempo en que se juzguen necesarias, y se dictarán sin perjuicio de que el cónyuge supérstite, en su caso, siga en la posesión y administración de los bienes.  



Estado de Morelos Artículo 691 Código Procesal Familiar
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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