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Código Procesal Penal Artículo 185 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Procesal Penal Durango
Artículo 185. Afectación a víctimas u ofendidos, testigos o la comunidad

Existe riesgo fundado para la víctima u ofendido, testigos o la comunidad cuando se estime que el imputado puede cometer un delito doloso contra la propia víctima u ofendido, alguno de los testigos que depongan en su contra, servidores públicos que intervengan en el proceso o contra algún tercero.

Se entenderá también como riesgo a la comunidad que el imputado esté siendo procesado, se haya beneficiado de algún mecanismo alternativo de solución de controversia por delito doloso, suspensión del proceso a prueba, condena anterior cuyo cumplimiento se encuentre pendiente, el hecho de encontrarse sujeto a alguna medida cautelar, gozando de la suspensión condicional, libertad preparatoria, semilibertad o medidas sustitutivas de prisión o sus equivalentes en otras legislaciones



Estado de Durango Artículo 185 Código Procesal Penal
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