Código Procesal Penal Artículo 387 Estado de Durango
Código Procesal Penal Durango
Artículo 387. Lectura para apoyo de memoria, evidenciar o superar contradicciones y solicitar las aclaraciones pertinentes en la audiencia de debate de juicio oral
Durante el interrogatorio y el contrainterrogatorio al acusado o testigo, se hará uso de los mecanismos de litigación adecuados, cuando fuere necesario para ayudar a la memoria, para evidenciar o superar contradicciones y con el fin de solicitar las aclaraciones pertinentes.
Estado de Durango Artículo 387 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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