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Código Penal Artículo 89 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 89. Procedencia de la acción penal contra servidores públicos

Cuando para la persecución penal se requiera la previa declaración de procedencia para el enjuiciamiento, se actuará conforme las leyes aplicables al caso y a lo previsto por este Código.

Hasta en tanto decida la Legislatura del Estado, no podrán realizarse contra el servidor público investigado actos que impliquen una persecución personal, salvo las excepciones establecidas en este Código. Sólo se podrán practicar los actos urgentes de investigación que no admitan demora y los indispensables para fundar la petición.

La regulación prevista en este artículo no impide la continuación del proceso respecto de otros imputados no alcanzados por la prerrogativa constitucional.



Estado de Zacatecas Artículo 89 Código Penal
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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