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Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 217 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Territorial para el Estado y los Municipios Guanajuato
Artículo 217. Integración e información del Inventario de Áreas Naturales Protegidas

El Instituto de Ecología integrará el Inventario de Áreas Naturales Protegidas al Subsistema Estatal de Información Territorial y mantendrá actualizada la información siguiente:

I. Los decretos a través de los cuales se declare el establecimiento de áreas naturales protegidas de competencia estatal;

II. Los instrumentos que modifiquen los decretos señalados en la fracción anterior;

III. Los documentos en los que consten los programas de manejo;

IV. Los certificados de reconocimiento de áreas productivas dedicadas a una función de utilidad pública;

V. Los acuerdos de coordinación que se celebren con el objeto de determinar la forma en que deberán ser administradas y manejadas las áreas naturales protegidas;

VI. Los planos de localización de las áreas; y

VII. Los demás actos y documentos que dispongan el Código, la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato y las demás disposiciones jurídicas relativas.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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