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Código Urbano Artículo 58 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Urbano Zacatecas
Artículo 58.

Los programas municipales de desarrollo urbano contendrán, además de los elementos básicos a que se refiere el artículo 54 de este Código, lo siguiente:

I.La congruencia del Programa Municipal de Desarrollo Urbano, con los Programas Nacional y Estatal de Desarrollo Urbano, y con los Planes Nacional, Estatal y Municipal de Desarrollo;

II.La circunscripción territorial que comprende el Municipio en cada caso, atendiendo a lo dispuesto en la Constitución del Estado y en la legislación aplicable;

III.Las bases técnicas necesarias para la elaboración y ejecución de los programas operativos, que se vayan a realizar en el territorio del Municipio;

IV.La determinación básica de espacios dedicados a la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en el territorio del Municipio;

V.Las bases técnicas necesarias para la definición de usos y destinos del suelo y para la constitución de reservas territoriales y áreas de preservación ecológica;

VI.La relación de centros de población para los que habrá de elaborarse y ejecutarse un programa de desarrollo urbano; y

VII.Relación de esquemas de desarrollo urbano que procedan, para aquellas zonas o centros de población que por sus características no requieran de la formulación de un programa.



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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