Imprimir

Constitución Artículo 33 Estado de Campeche


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Constitución Campeche
Artículo 33.

Para ser diputado se requiere:

I. Ser mexicano por nacimiento y ciudadano campechano en ejercicio de sus derechos;

II. Tener 21 años cumplidos, el día de la elección;

III. Además de los requisitos anteriores, según el caso se necesitarán los siguientes:

a) Ser originario del municipio en donde esté ubicado el distrito en que se haga la elección, con

residencia en el propio municipio de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha en que

aquélla se verifique;

b) Ser nativo del Estado, con residencia de un año en el municipio en donde esté ubicado el

distrito respectivo, inmediatamente anterior a la fecha de la elección;

c) Si se es oriundo de otro Estado, tener residencia cuando menos de cinco años en el de

Campeche y de un año en el municipio en donde esté ubicado el distrito electoral de que se

trate.

No será impedimento la ausencia eventual en cualquiera de los casos, siempre que no se conserve la

vecindad de otro Estado.



Estado de Campeche Artículo 33 Constitución
Artículo 1 ...31 32 33 34 35 ...132

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse