Constitución Artículo 61 Estado de Colima
Constitución Colima
Artículo 61.
Las Secretarías tendrán igual rango por lo que no habrá entre ellas preeminencia alguna. Al frente de cada Secretaría habrá un Secretario, que será nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado y que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las unidades administrativas y de los demás servidores públicos que requiera el desempeño de sus funciones.
Estado de Colima Artículo 61 Constitución
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jose
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
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