Constitución Artículo 17 Estado de Morelos
Constitución
Artículo 17.
Los derechos y prerrogativas del ciudadano se suspenden:
I.- Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que esta Constitución impone al ciudadano morelense. Esta suspensión durará un año sin perjuicio de las otras penas que por el mismo hecho u omisión le señale la Ley;
II.- Derogada
III.- Derogada
IV.- Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal;
V.- Por vagancia, ebriedad o toxicomanía consuetudinarias, declaradas en la forma que prevengan las Leyes;
VI.- El que esté residiendo habitualmente fuera del Estado, salvo los casos de desempeño de cargo de elección popular, estudios, o de alguna otra comisión o empleo conferido por la Federación, Estado, o alguno de los Municipios del mismo.
Estado de Morelos Artículo 17 Constitución
Mejores juristas





Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios