Constitución Artículo 29 Estado de Morelos
Constitución Morelos
Artículo 29.
El cargo de Diputado es incompatible con cualquier otro de la Federación, del Estado o de los Municipios, con sueldo o sin él; pero el Congreso podrá dar licencia a sus miembros para desempeñar el empleo o comisión para que hayan sido nombrados, llamando a los suplentes. Se exceptúan de esta prohibición los empleos o comisiones de educación y beneficencia pública.
Estado de Morelos Artículo 29 Constitución
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como se puede hacer efectivo este articulo,quien lo representaria o como se aplicaria
Donde pueden o puedo reportar este tipo de situaciones..Legalmente
Cuando se cometa los delitos de privación de la libertad y violación a 2 mujeres por más de dos sujetos armados con violencia amarradas en un inmueble de los presuntos responsables DE RESULTAR PENALMENTE RESPONSABLES QUE PENA DE PRISION ALCANZARIAN CADA UNO DE ELLOS ? Hechos sucedidos en el estado de México año 2020. De antemano muchas gracias por la información saludos cordiales .
Buenas tardes licenciado disculpe mire yo devo $45.000 en una tienda comercial y el abogado de ahí donde trabaja me dice y me señala diciendome que si no pago me van a meter el código #1377 del codigo del comercio y me van a quitar todo lo que tengo en mi casa para pagar el valor de dinero que devo por favor un licenciado que me pueda a ayudar o que me dija de por favor como se maneja el código del comercio por favor se lo agradecería mucho gracias
Referente al articulo 45, ¿
de igual forma es aplicable a tierras comunales?
Publique la información de sí mismo
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