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Constitución Artículo 90 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Constitución Sinaloa
Artículo 90.

La educación que se imparta en el Estado será de calidad y se regirá por la filosofía, directrices, principios y términos que consagra el artículo 3̊ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se encauzará tendiendo a alcanzar el desarrollo integral de la personalidad humana, sustentada en valores éticos universales. Reforzando esto último con la promoción y difusión de la cultura en sus más diversas expresiones, alentando en esta tarea la mayor participación social y de las familias.

El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de docentes y directivos, garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. El Ejecutivo del Estado, por conducto de la dependencia competente, tendrá la responsabilidad de la evaluación de la educación estatal y de la emisión de normas para mejorar su calidad, cobertura y equidad, sujetándose a los lineamientos que establezca el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de conformidad con los convenios que al efecto se celebren, y con base en las disposiciones jurídicas aplicables.

El servicio profesional docente en la entidad, se sujetará a lo establecido en la ley correspondiente. Los ingresos y promociones que no se otorguen conforme a las disposiciones de dicha ley, serán nulos.

Las autoridades competentes procurarán fortalecer conforme a lo dispuesto en el artículo 3̊ constitucional, la autonomía de gestión de los centros escolares con el propósito de mejorar sus instalaciones, adquirir materiales educativos, atender su operación básica y favorecer la participación de los padres de familia, alumnos y maestros, mediante el liderazgo del director, se involucren en la solución de los desafíos que enfrenta cada escuela.

En las escuelas que lo requieran, se definirán e impulsarán políticas públicas para el suministro de alimentos nutritivos, a través de microempresas locales. Se prohíbe introducir alimentos nocivos para la salud de los alumnos, en las escuelas del sistema educativo estatal.

Para la regulación de la educación dentro de la esfera de competencia del Estado, se expedirá la Ley correspondiente, cuya ejecución y vigilancia de su cumplimiento estará a cargo del Gobierno del Estado a través de la dependencia competente y de los Municipios.



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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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