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Constitución Artículo 58 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 27/03/2023

Constitución Tabasco
Artículo 58.

Los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia al entrar a ejercer su cargo, rendirán ante el Congreso o ante la Comisión Permanente la protesta siguiente:

Presidente: ¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado, guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes que de ellas emanen, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado?

Magistrado: "Sí protesto".

Presidente: "Si no lo hiciereis así, que la Nación o el Estado os lo demande".

 



Estado de Tabasco Artículo 58 Constitución
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cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.


Que quiere decir este artículo?


hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


¿ Se puede heredar? el Contrato de Usufructo


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