Constitución Artículo 61 Estado de Tlaxcala
Constitución Tlaxcala
Artículo 61.
El Gobernador al tomar posesión de su cargo otorgará ante el Congreso o en su caso, ante la Comisión Permanente la siguiente protesta: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de la República, la particular del Estado y las leyes que de una u otra emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Gobernador del Estado de Tlaxcala que el Pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Entidad. Y si así no lo hiciere que el Estado me lo demande”.
Estado de Tlaxcala Artículo 61 Constitución
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hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla
Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue
Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
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