Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos Artículo 10 México
Versión actualizada
Ley de HidrocarburosLey de la Comisión Nacional de Hidrocarburos
Artículo 10.
El Presidente de la Comisión coordinará los trabajos y actividades de la Comisión Nacional de Hidrocarburos y tendrá las atribuciones siguientes:I. Representar a la Comisión ante las instancias gubernamentales, instituciones, personas físicas y morales, nacionales y extranjeras, y realizar los actos jurídicos que se requieran para el cumplimiento de su objeto;
II. Proveer la ejecución de las resoluciones y los acuerdos del Órgano de Gobierno;
III. Dirigir las actividades de la Comisión;
IV. Formular el anteproyecto de presupuesto anual y presentarlo para su debida aprobación al Órgano de Gobierno de la Comisión;
V. Ejercer el presupuesto autorizado en términos del Reglamento de esta Ley;
VI. Proponer, al Órgano de Gobierno, el nombramiento del Secretario Ejecutivo, de funcionarios y de personal técnico de segundo nivel;
VII. Nombrar y remover al resto del personal técnico y administrativo, salvo al personal de apoyo directo de los demás Comisionados;
VIII. Publicar un informe anual sobre el desempeño de las funciones de la Comisión, y
IX. Las demás que le confieran esta Ley, su Reglamento y otras disposiciones aplicables.
México Artículo 10 Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Guadalajara jalisco
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil
Leer de nuevo
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 336. Codigo Civil Artículo 872. Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General Artículo 105. Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General Artículo 180. Código de Procedimientos Civiles Artículo 653.Recomendados
Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos Artículo 6o. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos Artículo 7o. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos Artículo 1o. Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal Artículo 96. Ley de la Comisión Nacional de Hidrocarburos Artículo 15.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios