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Ley del Sector Hidrocarburos Artículo 71 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/05/2026

Ley del Sector Hidrocarburos
Artículo 71.

En caso de que la Secretaríade Energía determine la existencia de un yacimiento compartido, la Secretaríade Hacienda y Crédito Público debe establecer las condiciones económicas relativas a los términos fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Leyde Ingresos sobre Hidrocarburos.

México Artículo 71 Ley del Sector Hidrocarburos
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Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


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