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LFT Artículo 948 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 948.

Si la negativa a aceptar la sentencia pronunciado por el Tribunalfuere de los trabajadores se dará por terminada la relación de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 519 fracción III, último párrafo de esta Ley.

Federal de México Artículo 948 Ley Federal del Trabajo
Artículo 1o ...946 947 948 949 950 ...1010

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