Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro Artículo 15 Federal de México
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro Federal
Artículo 15.
Corresponde al Consejo Directivo, según lo que establezca el Estatuto y los reglamentos respectivos:
I. Participar en el proceso de elección de las autoridades a que se refieren las fracciones II y IV del artículo 8 de esta Ley Orgánica;
II. Participar en la definición de políticas generales de planes y programas institucionales, y en su seguimiento y evaluación;
III. Promover la participación y vinculación de la Universidad con la sociedad;
IV. Colaborar en la gestión de los recursos para el cumplimiento de los fines de la Universidad y promover la transparencia de su uso; y
V. Las demás que le asigne el Estatuto.
Federal de México Artículo 15 Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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