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Reglamento del Senado de la República Artículo 110 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Reglamento del Senado de la República
Artículo 110.

1.La moción de urgente resolución se desahoga antes de que el Presidente dicte el trámite u otorgue el turno correspondiente.

2.En su caso, una vez que se da cuenta de la moción, el Presidente consulta al Pleno si se acepta o se desecha.

3.De desecharse la moción, el Presidente dicta el trámite que corresponde.

4.De aprobarse la moción, el Presidente somete a consideración del Pleno el asunto de que se trata, conforme a este Reglamento.

5.En una sesión no se admite más de una moción de urgente resolución sobre el mismo asunto.

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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