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Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 63 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 63.

1.Los Partidos Políticos deberán presentar ante el Instituto los informes del origen y monto de los ingresos que reciban por cualquier modalidad del financiamiento, así como su empleo y aplicación. El Consejo General suspenderá el financiamiento público estatal al Partido Político que no cumpla con esta obligación.

2.La revisión de los informes que los partidos políticos presenten sobre el origen, monto y destino de sus recursos ordinarios de precampaña y de campaña, según corresponda, así como la práctica de auditorías sobre el manejo de sus recursos y su situación contable y financiera, estará a cargo del órgano técnico del Consejo General del Instituto, denominado Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, la que funcionará de manera permanente, contará con autonomía de gestión y su nivel jerárquico será equivalente al de dirección ejecutiva del Instituto.

3.El Director de la Unidad de Fiscalización será designado por el Consejo General, deberá reunir los mismos requisitos que este Código establece para los directores ejecutivos del Instituto.

4.La Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos tendrá a su cargo la recepción y revisión integral de los informes que presenten los partidos políticos respecto del origen y monto de los recursos que reciban por cualquier modalidad de financiamiento, así como sobre su destino y aplicación.

5.Cuando en el desempeño de sus atribuciones y ejercicio de sus facultades la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, requiera superar la limitación establecida por los secretos bancario, fiscal o fiduciario, solicitará por escrito la intervención de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral, a fin de que ésta actúe ante las autoridades en la materia, para todos los efectos legales.

 



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