Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 226 Ciudad de México
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 226.
La Unidad Especializada de Procesos Sancionadores estará adscrita a la Ponencia de la o el Magistrado Presidente. Para el adecuado cumplimiento de las tareas jurisdiccionales, sustanciación y resolución de los procedimientos sancionadores, esta Unidad Especializada estará integrada cuando menos por cuatro Secretarias o Secretarios de Estudio y Cuenta y cuatro Secretarias o Secretarios Auxiliares, entre otros servidores públicos, los cuales serán designados de manera directa por la o el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral.
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jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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Código de Procedimientos Familiares Artículo 96. Límites de la medida provisional Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Artículo 309. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos Artículo 43. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 147 BIS. Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana Artículo 13.Publique la información de sí mismo
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