Código de Procedimientos Administrativos Artículo 275 Estado de México
Código de Procedimientos Administrativos México
Artículo 275.
Será causa de invalidez de los reglamentos, decretos, circulares y demás disposiciones de carácter general, que se hayan impugnado en el juicio, la violación de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y de las leyes que de una y otra emanen. La decisión de invalidez solo se referirá al caso concreto, sin hacer una declaración general respecto de la disposición reclamada.
Estado de México Artículo 275 Código de Procedimientos Administrativos
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