Código de Procedimientos en Materia Artículo 235 Estado de Yucatán
Código de Procedimientos en Materia Yucatán
Artículo 235.
Al iniciar sus procedimientos el Ministerio Público o la Autoridad que actuare en su auxilio, se trasladará inmediatamente al lugar de los hechos para dar fe de las personas y de las cosas a quienes hubiere afectado el hecho delictuoso y tomarán los datos de quienes lo hubieren presenciado, procurando que declaren en el mismo lugar de los hechos o en caso contrario citándolas para comparecer dentro de las próximas 24 horas a rendir su declaración. Si no pudiere examinar a dichas personas las prevendrá que concurran al Juzgado o Tribunal que corresponda; de las diligencias a que se refiere este artículo se levantará el acta correspondiente.
Estado de Yucatán Artículo 235 Código de Procedimientos en Materia
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
Leer de nuevo
Código de Procedimientos Penales Guanajuato Artículo 430. Ley Nacional de Ejecución Penal Artículo 147. Opinión técnica de la representación social Ley de Vías Generales de Comunicación Artículo 123. Código de la Hacienda Pública Chiapas Artículo 442. Código de Procedimientos Familiares Sinaloa Artículo 265.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios