Código de Procedimientos Penales Artículo 185 Estado de Colima
Código de Procedimientos Penales Colima
Artículo 185.
Los peritos no oficiales, al aceptar su cargo, tienen obligación de protestar su fiel desempeño ante la autoridad que practique las diligencias.
En casos urgentes, la protesta la rendirán al producir o ratificar su dictamen
Estado de Colima Artículo 185 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Querétaro Artículo 469. Código Civil Chihuahua Artículo 47. Código Fiscal Municipal Hidalgo Artículo 74. Ley Federal de Derechos Artículo 149. Código Civil Zacatecas Artículo 1415.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 185. Formas de terminación anticipada del proceso Código de Procedimientos Penales Colima Artículo 250. Ley Federal del Derecho de Autor Artículo 106. Código de Procedimientos Civiles Querétaro Artículo 897. Ley del Seguro Social Artículo 175.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios