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Código de Procedimientos Penales Artículo 315 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/04/2025

Código de Procedimientos Penales Colima
Artículo 315.

Faltando un mes para el vencimiento del primero de los plazos señalados en el párrafo segundo del artículo anterior, o antes si se está en el supuesto que se prevé enseguida el juzgador deberá revisar el expediente, y si encuentra que no existen diligencias pendientes de practicar, por haberse desahogado las promovidas por las partes o decretadas por él mismo procederá a declarar agotada la averiguación, poniendo la causa a la vista de las partes por el plazo de diez días, para que promuevan los medios de prueba que estimen pertinentes, cuyo desahogo se procurará dentro de los dieciséis días siguientes al vencimiento de dicho plazo.

Si en la mencionada revisión se advierte que existen diligencias pendientes de practicar, por una sola vez y dentro del menor plazo posible, se fijarán fechas para su desahogo, proveyéndose lo necesario para su debido cumplimiento, y transcurridas tales fechas, procederá el juzgador a declarar agotada la averiguación en los términos del párrafo anterior.

Como los plazos que se señalan en este artículo y en el antecedente deben entenderse en beneficio del procesado, este puede renunciar a los mismos para agilizar el procedimiento o solicitar su ampliación en beneficio de su defensa, debiendo el juzgador proceder en consecuencia; pero en el segundo caso, la ampliación no deberá significar retardo en la aplicación de la justicia, en perjuicio del interés social o del particular de la parte ofendida. 



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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