Código de Procedimientos Penales Artículo 125 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales
Artículo 125. Del acceso al sistema electrónico
Para el acceso a los medios digitales a que se refiere este código se requerirá de una firma digital. Los agentes del Ministerio Público y sus auxiliares que, por razón de su función, deban ingresar a ellos así como los particulares intervinientes en el proceso penal podrán obtener esta firma, previo trámite ante la Procuraduría General de Justicia o el Consejo de la Judicatura del Estado.
La firma digital es única, intransferible y no repudiable. El uso de la misma queda bajo la exclusiva responsabilidad del firmante, quien será responsable de las consecuencias jurídicas que se originen por el mal uso o el uso no autorizado de la misma. Tendrá los mismos efectos jurídicos que las leyes conceden a la firma autógrafa para certificar la autenticidad de los documentos que produzcan y se remitan entre autoridades y entre éstas y particulares
Estado de Veracruz Artículo 125 Código de Procedimientos Penales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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