Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 240 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 240. Delitos graves para efectos de detención en caso urgente

Para los efectos de la detención por caso urgente, prevista en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se califican como graves, por afectar de manera importante los valores fundamentales de la sociedad, los perseguibles de oficio, sancionables con más de seis años de prisión en el término medio de su punibilidad, así como los delitos de violencia de género y violencia familiar.

La tentativa punible de los ilícitos penales mencionados en este artículo también se califica como delito grave



Estado de Veracruz Artículo 240 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...238 239 240 241 242 ...578

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse