Código de Procedimientos Penales Artículo 239 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales
Artículo 239. Detención en caso urgente
Sólo en casos urgentes el Ministerio Público podrá, bajo su más estricta responsabilidad, fundando y expresando los datos de prueba que motiven su proceder, ordenar la detención de una persona, siempre y cuando concurran los supuestos siguientes:
I.El imputado haya intervenido en la comisión de alguno de los delitos señalados como graves en el artículo 240 de este código;
II.Exista riesgo fundado de que el imputado pueda sustraerse a la acción de la justicia; y
III.Por razón de la hora, el lugar o cualquier otra circunstancia, no pueda ocurrir ante la autoridad judicial para solicitar la orden de aprehensión.
La violación a este precepto será sancionada conforme a las disposiciones penales aplicables y la persona detenida será puesta en inmediata libertad.
Los oficiales de la policía que ejecuten una orden de detención por caso urgente deberán presentar inmediatamente al imputado ante el Ministerio Público que la haya emitido
Estado de Veracruz Artículo 239 Código de Procedimientos Penales
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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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