Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 362 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 362. Procedimiento para prueba anticipada

La solicitud de desahogo de prueba anticipada podrá plantearse desde que se presenta la denuncia o querella y hasta antes de que dé inicio la audiencia de juicio oral.

Cuando se solicite prueba anticipada, el juez citará a audiencia a todos aquellos que tuvieren derecho a asistir a la de juicio oral y, luego de escucharlos, valorará la posibilidad de que la prueba por anticipar no pueda ser desahogada en la audiencia de juicio oral por el grave riesgo de pérdida con motivo de la demora y, en su caso, admitirá y desahogará la prueba en el mismo acto, otorgando a las partes todas las facultades previstas para su participación en la audiencia de juicio oral.

El imputado o acusado que estuviere detenido será trasladado a la sala de audiencias para la práctica de la diligencia



Estado de Veracruz Artículo 362 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...360 361 362 363 364 ...578

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse