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Código de Procedimientos Penales Artículo 81 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 81. Competencia territorial

Los órganos jurisdiccionales del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave conocerán de los delitos del fuero común cometidos dentro de esta entidad federativa.

Si el delito pertenece al orden común y se hubiese cometido fuera del territorio del Estado, pero hubiese producido efectos dentro de éste, será competente el juzgador del territorio judicial donde hubiese producido sus efectos.

Cuando el lugar de comisión del delito sea desconocido, será competente el juez o tribunal que ejerza jurisdicción en el lugar en donde resida el imputado al momento en que inicia el procedimiento. Si posteriormente se descubre que es distinto, continuará la causa el juez o tribunal de este último lugar, salvo que con esto se produzca un retardo procedimental innecesario o se perjudique la defensa.

Si el delito produce efectos en dos o más distritos judiciales, será competente el juez o tribunal del lugar de cualquiera de ellos ante quien el Ministerio Público ejerza la acción penal; pero cuando el imputado o alguno de los imputados sea indígena, será competente el que ejerza jurisdicción en el domicilio donde radique aquél o aquéllos, siempre que el delito produzca efectos en dicha circunscripción territorial, salvo lo previsto en el artículo 83 de este código.

Si el delito se cometió en los límites de dos circunscripciones judiciales o en varias de ellas, será competente el juez de cualquiera de esas jurisdicciones que prevenga.

Cuando el delito haya sido preparado o iniciado en un distrito judicial y consumado en otro, el conocimiento corresponderá al juez de cualquiera de estos lugares



Estado de Veracruz Artículo 81 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...79 80 81 82 83 ...578

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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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