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Código Electoral Artículo 190 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Electoral
Artículo 190.

Los PARTIDOS POLÍTICOS, una vez registrados sus candidatos, fórmulas, listas o planillas, y hasta 13 días antes del día de la elección, tendrán derecho a nombrar dos representantes propietarios y un suplente para cada mesa directiva de casilla, los cuales se registrarán ante la autoridad electoral correspondiente. Los candidatos independientes podrán acreditar dos representantes propietarios y un suplente en las mesas directivas de casilla en aquellas elecciones en que participen.

Los PARTIDOS POLÍTICOS o candidatos independientes, en su caso, podrán acreditar en cada proceso electoral, representantes generales en la siguiente proporción: un representante general propietario y un suplente por cada 10 casillas electorales ubicadas en zonas urbanas y semiurbanas; y uno con su respectivo suplente por cada cinco casillas rurales. El registro de estos representantes se hará ante la autoridad electoral correspondiente.

Los representantes ante las mesas directivas de casillas y representantes generales deberán portar en un lugar visible, durante la jornada electoral, un distintivo de hasta 2.5 x 2.5 centímetros, con el emblema del partido político o candidato independiente y con la leyenda visible de “Representante”.



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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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