Código Electoral Artículo 183 Estado de Veracruz
Código Electoral
Artículo 183.
Los Secretarios de las mesas directivas de casilla tendrán las atribuciones siguientes:
I.Recibir, en su caso, del consejo distrital correspondiente, a través del Consejo Municipal, la documentación, boletas, formas aprobadas y materiales necesarios para el funcionamiento de la casilla, debiendo verificar el contenido de la entrega y firmar el recibo correspondiente, conservando este material bajo su responsabilidad desde su recepción hasta antes de la instalación de la casilla, durante la jornada y hasta la remisión del paquete electoral;
II.Contar inmediatamente antes del inicio de la votación y ante los representantes de partidos o de candidatos independientes que se encuentren presentes, las boletas electorales recibidas y anotar su cantidad y el número de folio inicial y final en el acta de la jornada electoral;
III.Ante la solicitud de firmar las boletas electorales, llevarán a cabo el sorteo correspondiente para designar al representante de partido o candidato independiente que se hará cargo de firmar las boletas en su totalidad, haciendo constar este hecho en el acta de instalación. En caso de que el representante designado no cumpla esta obligación, la asignará al representante que lo solicitó;
IV.Elaborar las actas y documentos electorales autorizados de la casilla;
V.Recibir los escritos de incidentes o de protesta que entreguen los representantes de los partidos o candidatos independientes;
VI.Comprobar que el nombre del elector figure en la lista nominal de electores correspondiente;
VII.Cotejar, en la lista nominal de electores, el número de ciudadanos que votaron;
VIII.Antes del inicio del escrutinio y cómputo, inutilizar las boletas sobrantes en la casilla, de conformidad con lo dispuesto por este Código;
IX.Concluidas las labores de la casilla, auxiliar al Presidente en la entrega de los paquetes electorales, en los plazos previstos por este Código, a los consejos o centros de acopio correspondientes; y
X.Las demás que expresamente les confiera este Código.
Estado de Veracruz Artículo 183 Código Electoral
Mejores juristas





qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios